Ayuntamiento de las Rozas de Madrid

RECURSO DE REPOSICION CONTRA DILIGENCIA DE EMBARGO

Ficha Informativa

El recurso de reposición contra la diligencia de embargo es un medio de impugnación de la misma de carácter preceptivo y previo a la interposición de recurso contencioso administrativo, que debe interponerse en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación del acto que se impugna.

Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
-Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
-Falta de notificación de la providencia de apremio.
-Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley.
-Suspensión del procedimiento de recaudación.

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículo 222 a 225. (BOE 18-diciembre-2003)
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. Artículos 21 a 27. (BOE 27-mayo-2005)
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 14. (BOE 09-marzo-2004)
Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid

Documentación normalizada a presentar

Solicitud Recurso de Reposición contra Diligencia de Embargo

Otra documentación a presentar

Diligencia de embargo